Requieren al alcalde Rodolfo Ucrós mediante desacato para que cumpla con orden judicial
La Corporación de Periodistas de Soledad (COPELSOL), está arropada con la dinámica de corrupción del gobierno de Rodolfo Ucrós Rosales, por lo que se prearan acciones penales, disciplinarias y fiscales, por contratación que supera los 1.000 millones de pesos.
Mediante auto del 22 de septiembre de 2021, la Juez Segunda de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Circuito Judicial de Soledad, Wendy Johana Manotas Moreno, decide sobre el incidente presentado ante este despacho judicial por el incumplimiento del señor alcalde de Soledad, Rodolfo Ucrós Rosales, de darle cumplimiento al mandato constitucional de Tutela de fecha 09 de septiembre de 2021.
El hecho causante de estas acciones constitucionales, hacen referencia a la solicitud presentada ante gobierno del señor Rodolfo Ucros Rosales, de allegar todos los anexos correspondientes a los contratos No SG-CD-2021-C-0004, firmado el 24 de febrero de 2021 entre el señor Adolfo Osorio, como representante legal de la Corporación de Periodistas y Locutores de Soledad (COPELSOL) y la señora Amalfi María Gaviria Ramos, delegada por el señor Rodolfo Ucrós Rosales, para la contratación del Municipio de Soledad.
La cuantía del contrató está establecida en 618 millones de pesos, para ser ejecutado en dos meses, hasta el 30 de abril, legalizados todos los tramites para su ejecución a partir de la firma del acta de inicio y la expedición del Registro Presupuestal.
El segundo contrato suscrito por el señor Adolfo Osorio, como representante legal de la Corporación de Periodistas y Locutores de Soledad (COPELSOL) y la señora Amalfi María Gaviria Ramos, es el No SG-CD-07-10-2020-001, por 320 millones de pesos ($320.000.000.oo) firmado el 07 de octubre de 2020 y pactado en dos pagos, el primero a corte del 07 de noviembre de 2020 por 160 millones de pesos(160.000.000.oo) y un segundo pago a corte del 07 de diciembre de 2020 por 160 millones de pesos ($160.000.000.oo), para un total de 320 millones de pesos ($320.000.000.oo).
Sobre estas dos contrataciones el señor alcalde de Soledad, Rodolfo Ucrós Rosales, se ha negado rotundamente a hacer entrega de toda la información que por ley regula la contratación estatal con el fin de investigar si estas dos contrataciones cumplieron con las disposiciones legales y constitucionales en el cumplimento de su objeto contractual.
En los términos de ley, el señor alcalde de Soledad, Rodolfo Ucrós Rosales, incumplió los preceptos del artículo 23 de la Constitución Política, la Ley 1755 de 2015 y a Ley 1712 de 2014, entre otras normas reglamentarias, en tal sentido y con el fin de que no se vulneren estos derechos constitucionales, se presentó la respetiva acción de tutela en la cual la Juez le ordenó que en un término de 48 horas cumpliera con lo tutelado, pero el señor alcalde de Soledad, Rodolfo Ucrós Rosales, no se dignó el darle fiel cumplimento a una orden judicial, es decir, al respectivo fallo de tutela, que es de obligatorio cumplimiento.
Como la Ley y la Constitución Política, nos permiten otros mecanismos para exigir nuestros derechos fundamentales, no quedó otro camino que recurrir al incidente de desacato para que el señor Rodolfo Ucrós Rosales, cumpla con un mandamiento constitucional.
En este orden de ideas la la Juez Segunda de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Circuito Judicial de Soledad, Wendy Johana Manotas Moreno, ha proferido el auto de requerimiento contra el señor alcalde de Soledad, Rodolfo Ucrós Rosales, previo a la apertura del incidente de desacato, y le ha ordenado que en un término de 48 horas haga llegar a su despacho el informe respectivo sobre el cumplimento de la acción de tutela con fecha 09 de septiembre de 2021.
Como sabemos del actuar del señor Rodolfo Ucrós Rosales y de la irresponsabilidad contractual de la Corporación de Periodistas y Locutores de Soledad (COPELSOL) para quienes la ley es un juego de póker y que arropados bajo el poder político del señor Ucrós Rosales, las irregularidades en materia contractual se dirimen con la bendición del espíritu santo.
Tenemos conocimiento que los anexos o soportes a estas contrataciones no existen, y lo agravante es que para poder hacer unos desembolsos en razón de unos contratos que son de fiel cumplimento, se tienen que anexar todos los soportes para los respectivos pagos y los informes de supervisión con los cuales se viabilizan las ordenes para los desembolsos correspondientes.
Cómo se hicieron los desembolsos a estos dos contratos que suman más de 1.000 millones de pesos con una agremiación periodística, como la Corporación de Periodistas y Locutores de Soledad (COPELSOL)?, si no existen los soportes que justifiquen el 100% de la ejecución de los mencionados contratos y la idoneidad de su representante legal, Adolfo Osorio Rudas, cuando estamos frente a un contrato de prestación de servicios profesionales de apoyo a la gestión, y su representante legal no es profesional en ninguna área del saber que se pueda demostrar y certificar.
En otros aspectos la cuantía no permite una contratación directa sino mediante convocatoria púbica o un proceso de selección abreviado, y para esto la Corporación de Periodistas y Locutores de Soledad (COPELSOL), debía como requisito para contratar en esta modalidad estar inscrito en el Registro Único de Proponentes (RUP).
No está por demás, advertirle al señor alcalde de Soledad, Rodolfo Ucrós Rosales, como lo hace la señora Juez en el auto de requerimiento, que el incumplimiento a un incidente de desacato, luego de ser aperturado y fallado, le traería como consecuencia, arresto, multa, y acciones disciplinarias y penales.