Federman Vizcaíno reafirmó la responsabilidad penal de Joao Herrera y Rodrigo Martínez Rodríguez reconoce la suya y la del candidato Joao Herrera
Joao Herrera Iranzo, que cínicamente ad portas de una sentencia condenatoria el partido Cambio Radical, lo inscribe como candidato a la alcaldía de Soledad. Lo más seguro es que sea revocado su aval.
En las audiencias realizadas el pasado 24 y 25 de julio de 2023, ante el Juez Segundo Penal del Circuito, Luigi Cianci Flórez, e instruida por el Fiscal 55 delitos contra la Administración Pública, Samuel Fandiño Fuentes, en el juicio oral que se adelanta contra los concejales para la época de los hechos y contra el mismo Joao Herrera Iranzo, hoy cínicamente candidato a la alcaldía de Soledad, por el partido Cambio Radical, quienes están siendo procesados por el delito de prevaricato por acción en calidad de coautores y la conducta calificada como dolosa al aprobar una contribución del 1.5% sobre toda la contratación del ente central y descentralizados para financiar el Fondo del Fomento y Desarrollo del Deporte en Soledad, por fuera del contexto de la Ley 19 de 1991.
La discusión jurídica no está centrada en la creación del acuerdo si no en la creación de impuesto o contribución que la ley no contempla y que fue creada y aprobada por los concejales y por el señor Joao Herrera Iranzo, quien fue el que presentó la iniciativa, posterior aprobada por los concejales y sancionada por el señor Joao Herrera Iranzo, en lo atinente al acuerdo No 000199 de 2016, del cual se recaudaron unos 200 millones de pesos.
En audiencia y al ser citado como testigo el exsecretario de hacienda de Soledad, Federman Vizcaíno Montenegro, afirmó bajo la gravedad del juramento, que fue el señor Joao Herrera Iranzo, quien presentó la iniciativa conjuntamente con sus asesores jurídicos y cuando llegó a la Secretaría de Hacienda ya el acuerdo había sido aprobado, más sin embargo al señor Joao Herrera Iranzo, se le comunicó que ese acuerdo estaba viciado de legalidad y no se podía sancionar, pero la terquedad del viejito pudo más que la razón y por tanto es el señor Joao Herrera Iranzo, quien tiene que asumir su responsabilidad penalmente en estos hechos, al igual que los exconcejales, que son 19 los que hacen parte de este juicio oral.
Por su parte el exsecretario jurídico de la Gobernación del Atlántico, Rachid Nader Orfale, señaló que para esa época de los hechos en mención los conceptos técnicos los daba la Secretaría de Planeación Departamental y eran ellos quienes decidían si se archivaba o se solicitaba la legalidad del acuerdo.
Mediante Decreto 0075 de 2017 la Secretaría Jurídica asumió el rol de revisar los acuerdos municipales que remitían los alcaldes en las diferentes territoriales, asimismo afirmó que los acuerdos surten dos causales como actos administrativos, uno es la aprobación del concejo y el otro es la sanción por parte del alcalde, quien es el que le da vida jurídica para todos sus efectos legales y constitucionales para su ejecución.
Por su parte el señor Marcial Toncel afirmó que la responsabilidad del concepto jurídico era del secretario de hacienda de ese entonces Federman Vizcaino Montenegro, siendo éste quien lo socializó ante los concejales y quien debía hacer los estudios jurídicos sin ser abogado.
En todo momento el señor Marcial Toncel trato o mejor dejó en entredicho que existiera una Oficina Jurídica y que los conceptos jurídicos de los proyectos tenía que salir de la Secretaria a cargo del tema, y en cada instancia responsabilizaba al señor Federman Vizcaíno, estos señalamientos lo sacó de todo contexto legal y constitucional, claro, quedó en evidencia, que el mandado de querer ayudar al señor Joao Herrera Iranzo Fracasó y de ahí que el abogado José Ignacio Oñoro, no quiso profundizar en el tema con el señor Federman Vizcaíno, porque logró entender tardíamente que las relaciones entre el exsecretario de hacienda y el exalcalde estaban rotas y que el señor Joao Herrera Iranzo, terminaría en un campo movedizo sin salida alguna.
El señor Marcial Toncel estaba fuera del contexto del acuerdo No 000199 de 2016, que nada tiene que ver con vigencias futuras, ni marco fiscal de mediano plazo, ni cuadros financieros, teniendo en cuenta que lo que se buscaba era hacer unos recaudos siendo competencia para este proceso la Secretaría de Impuestos, para luego revertir esos dineros en contrataciones objeto de la creación del 1.5% como fuente de financiación para el Fondo para el Desarrollo y Fomento del Deporte en Soledad, ahí la equivocación del señor Marcial Toncel con el fin de responsabilizar al señor Vizcaíno en temas financieros, por lo que fue blanco del Fiscal 55 delitos contra la Administración Pública, Samuel Fandiño Fuentes, quien lo desnudo y ridiculizó jurídicamente.
Otro que entró a divagar en el tema con el fin de no quedar mal fue el exconcejal Rodrigo Martínez Rodríguez, quien confunde la ilegalidad de una contribución con la legalidad de la creación del Fondo del Deporte, en ningún momento se habría dicho o sustentado que la creación del Fondo del Deporte sea ilegal, lo que vicia al acuerdo es la creación de una contribución ilegal o por fuera de sus competencias y que siendo abogado graduado no sepa interpretar la norma.
Pues bien si al cuerdo se le adopta una contribución ilegal no contemplado en la Ley 19 de 1991, esto vicia de legalidad todo el acuerdo.
Rodrigo Martínez Rodríguez, para su beneficio jurídico, hizo relación al fallo del Juzgado 12 Oral Administrativo de Barranquilla, quien declaró la nulidad parcial del acuerdo No 000199 de 2016 en su articulo tercero, pero no hizo referencia a lo fallado por el Juez Octavo Oral Administrativo, quien decretó la nulidad del acuerdo No 000199 de 2016, y la decisión fue confirmada por el Tribunal Administrativo del Atlántico, sentencia reconocida por el exconcejal Rodrigo Martínez Rodríguez, aduciendo que se equivocaron de buena fe, es decir, también admite su responsabilidad penal como la del señor exalcalde Joao Herrera Iranzo, cínicamente actual candidato a al alcaldía de Soledad, por el partido Cambio Radical, quienes tendrán que responder ante el Consejo Nacional Electoral por haber inscrito al señor Joao Herrera Iranzo, ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, como candidato a la alcaldía de Soledad, quien al no contar con defensa jurídica, es decir, no existiendo forma de desvirtuar lo probado por la Fiscalía, está ad portas de una sentencia condenatoria en un proceso en el cual se programó para el 22 y 23 de agosto de 2023, audiencia de alegatos de conclusión y posterior lectura de fallo en lo que respecta a su presunta responsabilidad penal y termina el juicio con sentencia condenatoria.
Con estas pruebas le demostramos al exconcejal Rodrigo Martínez Rodríguez, que anda muy mal informado o descontextualizado jurídicamente, y se niega a reconocer que mediante una acción de nulidad simple logramos tumbar el acuerdo No 000199 de 2016 por vicios de legalidad, lo que se constituye en una prueba reina e irrefutable en este juicio oral.