23 octubre, 2024

Juez Luigi Cianci denegó absolución perentoria a los exconcejales de Soledad y a Joao Herrera, por lo que la decisión conllevaría a una sentencia condenatoria

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Exconcejales de Soledad, y el exalcalde Joao Herrera Iranzo ad portas de una sentencia condenatoria por el delito de prevaricato por acción, donde la víctima es el Estado.

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Después de haber los señores abogados defensores en el procreo que se adelanta contra los 19 exconcejales de Soledad, y contra el exalcalde Joao Herrera Iranzo, hoy candidato a la alcaldía de Soledad, por el partido Cambio Radical.

Los abogados Alfredo Peña Salom, José Ignacio Oñoro y Paola Oñoro, habrían argumentado en la solicitud de absolución perentoria que la conducta punible atribuida a los exconcejales de Soledad y al exalcalde y candidato a la alcaldía de Soledad, Joao Herrera Iranzo, es atípica por lo que lo que los concejales y el señor exalcalde si estaban facultados para crear contribuciones y por tal motivo no se tipificaba el delito de prevaricato por acción, artículo 413 del Código Penal Colombiano.

Caso contrario señaló el Juez en su argumentación al afirmar que la conducta imputada a los exconcejales y a el exalcalde de Soledad, es típica y cumple con los elementos que caracterizan el delito y afirmó que los exconcejales de Soledad, y el exalcalde y candidato a la alcaldía Joao Herrera Iranzo, aprobaron una contribución que no está contemplada en la ley y el exalcalde Joao Herrera termina sancionando el proyecto de acuerdo que crea el Fondo para el Fomento y Desarrollo del Deporte, fuera del contexto legal y constitucional, al contrariar la Ley 19 de 1991.

El despacho del señor Juez Luigi Cianci Flórez, prepara para este 26 de septiembre de 2023 a las 8:00 AM sentido del fallo y sentencia contra los 19 exconcejales de Soledad, y contra el exalcalde Joao Herrera Iranzo, en tal sentido después que el Juez Segundo Penal del Circuito, Luigi Cianci Flórez, denegara la solicitud de absolución perentoria y los abogados no hicieran uso del recursos de apelación, quedó ejecutoriada la decisión por estrado, lo que significa que el Juez no va a contrariar su decisión, mucho menos la va a revocar o desvirtuar, de ahí la deducción lógica que el Juez proferirá sentencia condenatoria contra los 19 exconcejales de Soledad, y contra el exalcalde Joao Herrera Iranzo, por el delito de prevaricato por acción, pena que oscila entre 48 y 144 meses de prisión.

Artículo 413. Prevaricato por acción. El servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses, multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses.

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