11 diciembre, 2024

Solicitaron absolución perentoria a favor de ex concejales y ex alcalde Joao Herrera en juicio oral, Fiscalía guardó silencio al comulgar con el pecado

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Juez Segundo Penal del Circuito le aguó la fiesta a los ex concejales y al exalcalde de Soledad, Joao Herrera Iranzo. En una segunda entrega publicaremos la decisión del Juez Segundo Penal del Circuito de Soledad, Luigi Cianci Flòrez.

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En el juicio oral qué terminó con los alegatos de conclusión en el proceso contra los ex concejales y el exalcalde de Soledad, Joao Herrera Iranzo, acusados por el delito de prevaricato por acción, en calidad de coautores por el Fiscal 55 delitos contra la Administración Pública, Samuel Fandiño Fuentes.

Dentro de las actuaciones procesales al término de las audiencias de pruebas de los sujetos procesales y como quiera que el Código de Procedimiento Penal, permite que al finalizar las audiencias de pruebas y antes de la presentación de los alegatos de conclusión, se pueda solicitar la absolución perentoria de los procesados por parte de la defensa, como en efecto se dio porque los defensores por atipicidad de la conducta punible en la cual los abogados Alfredo Peña Salón, José Ignacio Oñoro y la abogada Paola Oñoro, precisaron qué no existió tal conducta imputada por el Fiscal 55 de Administración Pública, Samuel Fandiño, contra los ex concejales y contra el ex alcalde de Soledad, Joao Herrera Iranzo, quien funge como candidato a la alcaldía de Soledad, por el partido Cambio Radical.

Entre tanto se señala qué los ex concejales cometieron un error procedimental y la Ley los facultaba pera crear la contribución del 1.5% sobre toda la contratación de la administración central y los entes descentralizado para financiar el Fondo del Desarrollo y Fomento del Deporte, creado mediante acuerdo No 000199 de 2016.

En el juicio quedó demostrado que los concejales aprobaron un acto administrativo contrario a los preceptos legales y constitucionales contemplados en la Ley 19 de 1991.

El Juez Segundo Penal del Circuito de Soledad, Luigi Cianci Flórez, le dio traslado al señor Fiscal 55 de Administración Pública, Samuel Fandiño Fuentes, el cual guardó silencio sobre la solicitud de los defensores Alfredo Peña, José Ignacio Oñoro y la abogada Paola Oñoro, con lo cual guardó silencio y se sumergió en el pecado sobre la tesis qué probó, demostró y sustentó ante el Juez, y terminó comulgando con el pecado.

Esta solicitud se presentó ante el Juez en la audiencia del 22 de agosto de 2023, y la cual buscaba demostrar la atipicidad de la conducta penal para lograr la absolución perentoria de los acusados.

En esta primera publicación haremos alarde a la solicitud de absolución perentoria por parte de los abogados Alfredo Peña Salón, José Ignacio Oñoro y la abogada Paola Oñoro.

En la segunda edición publicaremos la decisión tomada por el Juez Segundo Penal del Circuito de Soledad, Luigi Cianci Flórez, y que no fue nada alentador para los ex concejales de Soledad y para el ex alcalde Joao Herrera Iranzo, candidato a la alcaldía de Soledad, por el partido Cambio Radical.

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